Saltar al contenido
licenciasdearmas.com

Licencias de armas en España

Qué licencia necesitas según lo que vayas a hacer, cómo se consigue, cuánto dura y cuánto cuesta.

Revisado el 4 de octubre de 2026 contra el Real Decreto 137/1993, el Reglamento de Armas vigente (última actualización en el BOE: 4 de abril de 2025). Cada dato enlaza a su fuente.Guía independiente: no es una web oficial ni de la Guardia Civil, y no ofrece asesoramiento jurídico.

Qué licencia necesitas

En España, tener y usar armas de fuego de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª exige licencia (art. 96.2 del Reglamento de Armas). Qué licencia depende sobre todo del arma y de para qué la quieres:

Cazar con escopeta

Licencia E. Cubre las escopetas y otras armas de la categoría 3.ª (art. 101).

Caza mayor con rifle

Licencia D, para armas largas rayadas de caza mayor (art. 100). Para cazar con escopeta y con rifle hacen falta las dos.

Tiro deportivo federado

Licencia F, para armas de concurso, con la habilitación de una federación (art. 130). Las carabinas del .22 y las escopetas de tiro pueden ir con la E (art. 101.1).

Trabajar como vigilante

Licencia C, que solo vale durante el servicio (art. 125).

Defensa personal

Licencia B, de concesión excepcional: la defensa propia, por sí sola, no basta (art. 99.2).

Menores de 18 años

Autorización especial (AEM), desde los 14 años para cazar con escopeta y siempre con un adulto con licencia (art. 109).

Aire comprimido hasta 24,2 julios

Sin licencia, pero con tarjeta de armas del ayuntamiento para llevarlas y usarlas fuera de casa (art. 105.1).

Tabla comparativa de licencias

Los números de artículo remiten al Reglamento de Armas (RD 137/1993) en el BOE.

Fuente: Reglamento de Armas, texto consolidado del BOE. Revisado el 4 de octubre de 2026.

Comparativa de licencias de armas en España
LicenciaPara qué armasArmas que amparaVigenciaExamenLa concede
EEscopetas y otrasEscopetas, carabinas .22 de percusión anular, aire comprimido de más de 24,2 J, ballestasHasta 12; máx. 6 escopetas o 6 rifles de tiro (art. 101.1)5 añosSí, la primera vezJefe de la Comandancia
DCaza mayorArmas largas rayadas de caza mayor, cat. 2.ª.2Hasta 5 (art. 100.2)5 añosSí, la primera vezJefe de la Comandancia
FTiro deportivoArmas de concurso de tiradores federados1, 6 o 10 según la clase (art. 132.1)5 añosNo el de D y E; habilitación federativa (art. 130), ver fichaDirección General de la Guardia Civil
BArma cortaPistolas y revólveres, cat. 1.ª1 (art. 99.6)5 añosNo uno como el de D y E; sí acreditar manejo (art. 98.2)Dirección General de la Guardia Civil
CSeguridad privadaUn arma de cat. 1.ª, 2.ª.1 o 3.ª.2 según el servicio1 (art. 124)Mientras dure el servicioSí, tres pruebas propias (Guardia Civil)Jefe de la Comandancia
AEMMenoresEscopetas desde los 14 años; rifles de caza mayor y .22 desde los 16No puede poseerlas: solo usarlas (art. 109)Hasta los 18 añosSí, el mismo que D y EDirector General de la Guardia Civil

Todas las licencias de la tabla, salvo la AEM, exigen ser mayor de edad (art. 102.1). Para mayores de 67 años, la licencia se visa a los tres años (art. 104.1). La licencia A, propia de militares y policías, se explica más abajo.

Las licencias, una a una

Licencia E: escopetas, carabinas del .22 y aire comprimido potente

Es la licencia de la caza con escopeta y del tiro con escopeta, carabina del .22 o aire comprimido potente. Ampara las armas de la categoría 3.ª (carabinas del .22 de percusión anular, escopetas y armas de aire o gas de más de 24,2 julios) y las ballestas y lanzacabos de la 7.ª (art. 101.1 y art. 3).

Armas
Hasta 12; no más de 6 escopetas ni de 6 rifles de tiro deportivo
Vigencia
5 años; solo se puede tener una (art. 101.2)
Examen
Obligatorio la primera vez (art. 102.2)
Guarda
Bajo llave, sin que armas y munición estén accesibles a la vez (art. 101.5)

Para renovarla, la Guardia Civil pide además acreditar la dedicación a la caza o aportar la licencia de caza.

Licencia D: rifles de caza mayor

Cubre las armas largas rayadas de caza mayor (categoría 2.ª.2) y los cañones estriados que se adaptan a escopetas (art. 100.1 y art. 3). Solo los titulares de la D pueden tener visores telescópicos para caza mayor (art. 100.6).

Armas
Hasta 5 (art. 100.2)
Compra
La licencia permite comprar el primer rifle; cada uno de los siguientes necesita autorización especial (art. 100.4)
Vigencia
5 años; solo se puede tener una
Examen
Obligatorio la primera vez (art. 102.2)
Guarda
Caja fuerte o armero autorizado, con la munición aparte (art. 100.5). Las medidas mínimas de las cajas fuertes las fija una resolución de la Guardia Civil de diciembre de 2024

Licencia F: armas de concurso para tiradores federados

Ampara las armas de concurso de quienes están afiliados a una federación de tiro (art. 96.5). Se pide a la Dirección General de la Guardia Civil acreditando la habilitación deportiva y la categoría de tirador (art. 130). Qué armas cuentan como de concurso lo fija la Orden INT/96/2022.

Clases
3.ª: un arma, sin pistolas libres. 2.ª: hasta 6. 1.ª: hasta 10 (art. 132.1)
Uso
Solo en campos, polígonos o galerías autorizados (art. 133.1)
Vigencia
5 años (art. 134)
Se pierde
Si se pierde la habilitación deportiva o se pasa un año sin actividad (arts. 137 y 138)

El Reglamento no impone para la F el examen de las licencias D y E (art. 102.2), pero exige acreditar la habilitación deportiva (art. 130). La Orden de 7 de marzo de 2000 prevé pruebas previas para la F coordinadas con las de las federaciones, y no hemos encontrado una resolución que las desarrolle. Pregunta en tu Intervención de Armas.

Licencia B: arma corta de particulares

Para pistolas y revólveres (art. 96.4). Es la más restrictiva: solo se concede a quien demuestra necesidad, y el Reglamento aclara que la defensa de personas o bienes no basta por sí sola; la expedición es restrictiva y se limita a casos de riesgo especial (art. 99.1 y 99.2).

Armas
Una sola, y nadie puede tener más de una licencia B (art. 99.6)
Vigencia
5 años
Guarda
En el domicilio, bajo llave y separada de la munición (art. 99.7)

Licencia C: vigilantes de seguridad

Para vigilantes de seguridad y personal asimilado (art. 121). Autoriza un arma según el servicio (art. 124.1) y solo vale mientras se presta: queda sin efecto al cesar en el puesto (art. 125). Su examen tiene tres pruebas eliminatorias, distintas de las de D y E (Guardia Civil).

Autorización especial para menores (AEM)

Permite a menores usar armas para cazar o competir, pero no poseerlas (art. 109):

  • Desde los 14 años: escopetas para cazar, y escopetas y armas de aire comprimido potente en competiciones.
  • Desde los 16 años: además, rifles de caza mayor y carabinas del .22 para caza o tiro con categoría júnior.
  • Siempre bajo la supervisión de un adulto con licencia D, E o F.

Vale hasta la mayoría de edad sin renovar. Exige la autorización de quien tenga la patria potestad o la tutela, formalizada ante notario, autoridad gubernativa, alcaldía, comisaría de Policía o la propia Guardia Civil (art. 109.4), y aprobar el mismo examen que las licencias D y E (Orden de 7 de marzo de 2000).

Licencia A: militares, policías y Vigilancia Aduanera

Documenta las armas particulares del personal de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera, con la eficacia de las licencias B, D y E (art. 96.3). En activo, su tarjeta militar o carné profesional hace de licencia (art. 114.1).

Tarjetas de armas: aire comprimido de hasta 24,2 julios

Las armas de la categoría 4.ª no necesitan licencia, pero sí una tarjeta de armas para llevarlas y usarlas fuera de casa. La concede el alcalde y solo vale en ese municipio (art. 105.1).

Tarjeta A
Semiautomáticas, de repetición y revólveres de doble acción. Hasta 6 armas, 5 años, desde los 14 años
Tarjeta B
De un solo tiro y revólveres de acción simple. Sin límite de armas, validez permanente (art. 105.2)
Límites
El ayuntamiento puede reducir el número de armas y la validez (art. 105.3)

Las réplicas de airsoft y paintball siguen el mismo régimen según su sistema de disparo (Guardia Civil).

Otras autorizaciones

Avancarga y armas antiguas o sus réplicas
Que se usen para tirar: autorización especial, que puede amparar un número ilimitado de armas, y certificado de banco de pruebas para cada una (art. 107.c).
Coleccionistas
Autorización de la Dirección General de la Guardia Civil, visada cada cinco años. Las armas de colección no se pueden usar (art. 107).
Tarjeta Europea de Armas de Fuego
Obligatoria para viajar con armas a otro país de la UE. Dura un máximo de cinco años, prorrogables (arts. 112 y 113).

Requisitos para tener licencia

Los requisitos generales, comunes a todas las licencias de particulares:

Edad y residencia

Ser mayor de edad y español o extranjero residente en España (art. 102.1). La excepción es la autorización para menores.

Aptitud psicofísica

Un informe favorable de un centro de reconocimiento, tanto para obtener la licencia como para renovarla (art. 98.3).

Conocimientos

Acreditar que sabes conservar, mantener y manejar las armas (art. 98.2). Para la D y la E, con el examen de la Guardia Civil.

Antecedentes

Certificado de antecedentes penales en vigor (art. 97.1). Una condena por delito doloso violento se considera indicio de riesgo (art. 98.1). La Guardia Civil pide además el certificado de antecedentes sobre violencia de género o la autorización para consultarlo (licencia E).

Conducta y dedicación

La Guardia Civil informa sobre tu conducta y, en la D y la E, sobre tu dedicación real a la caza o al deporte (art. 97.2).

Cómo se obtiene, paso a paso

Este es el recorrido para las licencias D y E, las dos que exigen examen. Todo se presenta en la Intervención de Armas de la Guardia Civil de tu domicilio (art. 97.1).

  1. Informe de aptitud psicofísica

    Lo emite un centro de reconocimiento autorizado de tu provincia (RD 2487/1998, art. 6) y vale tres meses desde que se expide (art. 8). Lo paga el interesado al centro; el real decreto no fija su precio.

  2. Solicitud de licencia y de examen

    La solicitud de licencia, con sus documentos (antecedentes penales, DNI o tarjeta de residencia e informe psicofísico, art. 97.1), abre también el trámite del examen (Resolución de 19 de octubre de 1998, apartado 1.º). Las tasas se pagan con el modelo 790. Los formularios están en la web de la Guardia Civil, y para ir en persona hay cita previa.

  3. Prueba teórica

    Veinte preguntas tipo test; se aprueba con 16 aciertos (Resolución de 19 de octubre de 1998, apartado 7.º). Superarla da seis meses para hacer la práctica (Orden de 18 de marzo de 1998, apartado 3.º).

  4. Prueba práctica de tiro

    En una galería o campo autorizado: cargar, apuntar, disparar y descargar con seguridad (Resolución de 1998, anexo II).

  5. Resolución

    La Guardia Civil hace el informe de conducta y antecedentes (art. 97.2) antes de convocarte; si no reúnes los requisitos, te devuelve la solicitud (Resolución de 1998, apartado 3.º). Con las dos pruebas superadas, resuelve el Jefe de la Comandancia de tu provincia (art. 100.3 y 101.3).

Si tienes firma digital, la Guardia Civil indica que las licencias E y F también se pueden tramitar en su sede electrónica. No hemos podido comprobar qué otros trámites admite la sede.

El examen de la licencia de armas

Lo deben aprobar quienes piden por primera vez la licencia D o E y los menores que piden la AEM (Orden de 7 de marzo de 2000, apartado 1.º). Quedan exentos, para las armas correspondientes, quienes tienen o han tenido licencia A, D, E o F (Orden de 18 de marzo de 1998, apartado 1.º). Lo evalúa un tribunal en cada Comandancia de la Guardia Civil (Resolución de 1998, apartado 5.º).

20preguntas tipo test
16aciertos para aprobar
20 mintiempo máximo
3convocatorias por solicitud

La prueba teórica

Cada pregunta tiene tres respuestas posibles (Resolución de 19 de octubre de 1998, apartado 7.º). El tiempo máximo lo indica la Guardia Civil. Si se suspende, la misma solicitud da derecho a tres convocatorias, con no más de tres meses entre una y otra (Orden de 1998, apartado 4.º). Agotadas las tres sin aprobar, la Guardia Civil archiva el expediente (pruebas D, E y AEM).

El temario oficial y las 400 preguntas

La Guardia Civil publica el programa de la prueba teórica en siete temas: funcionamiento y seguridad de las armas; categorías; circulación, revista y transferencia; documentación y licencias; régimen sancionador; reparación, prueba y depósito, y armas de colección, calibres y munición. Con ellos ha creado un cuestionario de 400 preguntas, público y con sus respuestas, del que el tribunal elige las 20 de cada examen.

La misma página indica cuántas preguntas salen de cada tema (4, 3, 3, 4, 3, 3 y 4), pero esas cifras suman 24, no 20. Hasta que la Guardia Civil lo aclare, tómalo como orientación: los temas 1, 4 y 7 son los que más preguntas aportan.

Las fechas de examen de 2026 de cada Comandancia están en su calendario de exámenes.

La prueba práctica

Se hace de pie y sin apoyo (Resolución de 1998, anexo II):

  • Con rifle: cinco disparos a una diana de 50 cm a 25 metros, con al menos un impacto.
  • Con escopeta: dos disparos a una diana de 50 cm a 25 metros, con plomeo suficiente.

Las armas son las del centro de formación que presenta al aspirante o las de un acompañante con licencia (apartado 8.º). La Guardia Civil describe el desarrollo en su página de la prueba práctica.

Apps del titular de esta guía para practicar el test

Declaración de interés: estas apps las publica NouLabs, nombre comercial del titular de esta web, y son gratuitas con compras dentro de la app. Lo explicamos en transparencia.

Las apps Licencia de Armas E, D y AEM (iPhone) y Licencia de armas E, D, AEM (Android) sirven para preparar la prueba teórica de las licencias E, D y AEM. Según su ficha en las tiendas, incluyen:

  • tests por temas y repaso de las preguntas falladas;
  • simulacros con el número de preguntas y el tiempo del examen;
  • un modo de estudio con el temario y estadísticas de progreso.
Consíguelo en el App StoreDescargar en Google Play

El banco oficial de preguntas también se puede consultar gratis en la web de la Guardia Civil.

Datos de las apps tomados de sus fichas en App Store y Google Play el 4 de octubre de 2026.

Tasas de la licencia de armas

Se pagan con el modelo 790 de la Guardia Civil. Estos son los importes que publican las webs oficiales:

Tasas de armasFuentes: Guardia Civil y Ministerio del Interior. Revisado el 4 de octubre de 2026.
ConceptoImporte
Expedición de licencia de arma corta o larga rayada (B, D)15,57 €
Renovación de licencia de arma corta o larga rayada11,68 €
Licencia E y otras autorizaciones de uso11,68 €
Pruebas de capacitación (examen D y E)95,98 € o 95,58 €
Guía de pertenencia7,78 €
Autorización de coleccionista31,10 €

La tasa del examen no coincide entre las dos fuentes oficiales: la Guardia Civil publica 95,98 € y el Ministerio del Interior, 95,58 €. Interior indica además un importe de 70 € cuando la prueba no genera gasto a la Guardia Civil, y la Guardia Civil presenta los 70 € como tasa por «disposición de campos o galerías de tiro». El importe exacto lo da el modelo 790 al generarlo.

Ninguna de las dos webs cita la norma que fija los importes. El reconocimiento psicofísico es aparte: lo paga el interesado al centro, y el RD 2487/1998 no fija su precio.

Vigencia, renovación y visado

Las licencias B, D, E y F duran cinco años. La validez depende además de mantener los requisitos con que se concedieron: si se pierden, la licencia se revoca (art. 97.5).

Renovar

Para renovar no hay que repetir el examen (Orden de 1998, apartado 1.º), pero sí aportar un informe de aptitud psicofísica nuevo (art. 98.3) y pagar la tasa de renovación. Si la pides cuando la licencia está próxima a caducar, la Intervención de Armas puede recogerla y darte una autorización temporal de uso de tres meses mientras se tramita (art. 103).

Visado a partir de los 67 años

Las licencias expedidas a mayores de 67 años deben visarse a los tres años en la Intervención de Armas, con un informe psicofísico favorable (art. 104.1). La regla de los 60 y 70 años que aún aparece en algunas webs no está en el texto vigente.

Si la licencia caduca

Al vencer, las armas deben depositarse en la Intervención de Armas de la Guardia Civil del domicilio (Guardia Civil).

Cambios en el Reglamento: qué hay y qué no

El Reglamento vigente es el aprobado por el Real Decreto 137/1993. Su última gran reforma fue el Real Decreto 726/2020, en vigor desde el 5 de noviembre de 2020, que creó las categorías 8.ª (armas acústicas y de salvas) y 9.ª (armas inutilizadas) y prohibió, salvo para museos y coleccionistas, los cargadores para armas de percusión central de más de 20 cartuchos en armas cortas y de más de 10 en largas (art. 5.1). Después solo ha habido cambios menores, el último publicado el 4 de abril de 2025, que es la fecha de actualización que muestra el BOE.

En 2026 el Ministerio del Interior abrió una consulta pública previa sobre un proyecto de real decreto que modifica el Reglamento; el plazo terminó el 8 de marzo de 2026. A la fecha de esta revisión no se ha publicado ningún texto aprobado en el BOE. Mientras no se publique, todo lo que se cuente sobre un «nuevo reglamento» son borradores o suposiciones.

Revisado el 4 de octubre de 2026. Comprobado en la base de legislación consolidada del BOE y en la web de participación pública del Ministerio del Interior.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura la licencia de armas?

Las licencias B, D, E y F valen cinco años (art. 99.6, 100.2, 101.2 y 134 del Reglamento de Armas). La autorización para menores vale hasta los 18 años sin renovar (art. 109.3). La licencia C solo vale mientras se presta el servicio de seguridad (art. 125).

¿Qué pasa si se me caduca la licencia de armas?

Al vencer la licencia hay que depositar las armas en la Intervención de Armas de la Guardia Civil del domicilio (Guardia Civil). Para no llegar a ese punto, conviene pedir la renovación antes: con las licencias próximas a caducar, la Intervención de Armas puede recoger la licencia y dar una autorización temporal de uso de tres meses mientras se tramita (art. 103).

¿Cuántas preguntas tiene el examen y cuántos fallos se permiten?

La prueba teórica para las licencias D y E tiene 20 preguntas tipo test con tres respuestas cada una. Hay que acertar al menos 16, así que se pueden fallar cuatro (Resolución de la Guardia Civil de 19 de octubre de 1998, apartado 7.º). La Guardia Civil indica un tiempo máximo de 20 minutos (pruebas D, E y AEM).

¿Cuántos temas tiene el temario del examen?

Siete temas, según el programa de la prueba teórica que publica la Guardia Civil. De esa misma página sale el cuestionario de 400 preguntas, público y con sus respuestas, del que el tribunal elige las 20 de cada examen.

¿Hay que examinarse otra vez para renovar?

No. El examen es condición para obtener por primera vez la licencia D o E (Orden de 18 de marzo de 1998, apartado 1.º). Para renovar sí hace falta un informe de aptitud psicofísica nuevo (art. 98.3).

¿Cuántas armas se pueden tener con la licencia E?

Hasta 12 en total, sin pasar de seis escopetas ni de seis armas largas rayadas para tiro deportivo (art. 101.1).

¿Cuántas armas se pueden tener con la licencia D?

Hasta cinco rifles de caza mayor (art. 100.2). Con la licencia se compra el primero; cada uno de los siguientes necesita una autorización especial de adquisición (art. 100.4).

¿Qué licencia necesito para cazar con escopeta?

La licencia E, que cubre las escopetas de la categoría 3.ª (art. 101.1). Para cazar con rifle de caza mayor hace falta además la D. La licencia de caza es otro documento distinto: la Guardia Civil la pide, por ejemplo, para acreditar la dedicación a la caza al renovar la E.

¿Cuál es la diferencia entre la licencia D y la licencia E?

La D ampara los rifles de caza mayor (categoría 2.ª.2), hasta cinco. La E ampara escopetas, carabinas del calibre .22 de percusión anular, armas de aire comprimido de más de 24,2 julios y ballestas, hasta 12 (arts. 100 y 101). Las dos exigen el mismo examen la primera vez.

¿Qué es visar la licencia?

Es una revisión intermedia. Si la licencia se expide a una persona mayor de 67 años, tiene que visarse a los tres años en la Intervención de Armas, con un informe psicofísico favorable (art. 104.1). Las autorizaciones de coleccionista se visan cada cinco años (art. 107).

¿Cuánto cuestan las tasas?

Expedir una licencia D cuesta 15,57 €; renovarla, 11,68 €, y la licencia E, 11,68 €. El examen cuesta 95,98 € según la Guardia Civil y 95,58 € según el Ministerio del Interior: las dos webs oficiales no coinciden. Se pagan con el modelo 790.

¿Cuánto cuesta el reconocimiento psicofísico?

Lo paga el interesado al centro de reconocimiento. El Real Decreto 2487/1998, que regula el informe, no fija su precio, y no hemos encontrado una tarifa oficial común. Sí fija que el informe vale tres meses desde que se expide (art. 8).

¿Qué armas se pueden tener sin licencia?

Las armas blancas permitidas de la categoría 5.ª.1 son de adquisición libre para mayores de edad (art. 106). Las armas inutilizadas se pueden tener sin límite en casa con su certificado (art. 108.7). Las de aire comprimido de hasta 24,2 julios no piden licencia, pero sí tarjeta de armas del ayuntamiento para llevarlas y usarlas fuera de casa (art. 105.1).

¿Se puede conseguir una licencia para defensa personal?

Solo en casos excepcionales. La licencia B exige demostrar necesidad, y el Reglamento dice que la defensa de personas o bienes, por sí sola, no la justifica: se concede de forma restrictiva y en supuestos de riesgo especial (art. 99.2).

¿Puede un menor usar armas para cazar?

Sí, con la autorización especial para menores (AEM). Desde los 14 años, escopetas para cazar; desde los 16, también rifles de caza mayor y carabinas del .22, siempre bajo la supervisión de un adulto con licencia D, E o F y sin poder poseer las armas (art. 109).

¿Cuánto tarda la Guardia Civil en dar la licencia?

Las fuentes oficiales consultadas no fijan un plazo de resolución para estas licencias. Lo que sí está fijado: el apto de la prueba teórica vale seis meses para hacer la práctica, y cada solicitud da derecho a tres convocatorias (Orden de 18 de marzo de 1998, apartados 3.º y 4.º).

Fuentes oficiales

Todas abiertas y comprobadas el 4 de octubre de 2026.

Aviso

Revisamos cada dato contra el BOE y las páginas oficiales, pero la norma puede cambiar: ante cualquier duda, manda el texto publicado en el BOE y lo que te diga la Intervención de Armas. ¿Has visto un error? Escríbenos a hola@licenciasdearmas.com.